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Sistema de Consejos

Durante la Edad Moderna (siglos XVI-XVIII), la Monarquía española se gobernaba por medio de un complejo sistema consiliar, en el que la actividad de gobierno de los soberanos era asistida por la mano de numerosos Consejos. En ellos se sentaban, con frecuencia, los primeros miembros de la aristocracia castellana, pero también estaban abiertos al personal burocrático experto en las materias en cuestión. Introducidos en diferentes períodos históricos, los Consejos fueron superados a menudo por comisiones extraordinarias, las juntas, especialmente durante los períodos de gobierno de poderosos favoritos como el duque de Lerma o el conde-duque de Olivares (1587-1645). Si el Consejo de Estado y el Consejo de Guerra, presididos por el propio rey, y por lo tanto sin presidente, gozaron sin duda de mayor importancia, fundamental fue también el Consejo de Hacienda, que estaba a cargo de la gestión económico-financiera de la Monarquía. Además de otros consejos que extendían su soberanía sobre todos los territorios de la monarquía de los Habsburgo (Consejos de Inquisición, Cruzada y Órdenes), hubo otros que fueron responsables de la gestión de los asuntos inherentes a reinos particulares o regiones: conjuntamente al Consejo de Castilla -en el que operaba el primer tribunal del reino, la Cámara de Castilla- estaban el Consejo de Aragón, Portugal, Indias, Italia y Flandes.